El TSJA confirma una condena por agresión sexual en Chiclana de diez años y medio de cárcel
El tribunal rechaza el recurso del padre de la víctima y ratifica la condena por agresión sexual en Chiclana dictada por la Audiencia Provincial de Cádiz

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena por agresión sexual en Chiclana impuesta a un hombre por hechos cometidos contra su hija cuando era menor de edad. La sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz fijó una pena de diez años y seis meses de prisión por un delito continuado de agresión sexual.
El alto tribunal andaluz ha desestimado el recurso presentado por el condenado, que alegó la vulneración de su derecho a la presunción de inocencia, una valoración arbitraria del testimonio de la víctima y errores en el análisis de las pruebas practicadas durante el procedimiento.
Según la resolución judicial recogida por Europa Press, el TSJA considera que la Audiencia Provincial dispuso de pruebas de cargo válidas y suficientes para sustentar la condena. El tribunal de apelación señala además que esas pruebas fueron valoradas de forma racional y completa y descarta la existencia de la duda razonable planteada por la defensa.
Los hechos comenzaron en 2014, cuando la niña tenía siete años. La sentencia declara probado que el acusado aprovechó que su esposa, madre de la menor, permaneció varios días ingresada en el hospital tras tener un segundo hijo para llevar a la niña a dormir a su cama.
Durante esos días, el padre realizó tocamientos a la menor en varias ocasiones e intentó penetrarla, de acuerdo con el relato de hechos probados. La niña no identificó entonces la naturaleza sexual de esos comportamientos.
La víctima tomó conciencia de lo ocurrido en 2018, después de asistir en el colegio a una charla de la Guardia Civil sobre abusos sexuales. Tras esa actividad contó los hechos a su madre, pero su padre le aseguró que los había malinterpretado y le advirtió de que, si continuaba relatándolos, provocaría la ruptura de la familia.
La sentencia considera que esta reacción llevó a la menor a retractarse ante su madre pese a saber que los hechos habían sucedido. El episodio no volvió a aflorar hasta 2021, cuando la víctima tenía 14 años.
Ese año, el acusado le dijo a su hija que estaba enamorado de ella y que no se había separado de su madre para poder seguir viéndola. También le habló de supuestos casos en los que un padre se había casado con su hija. La conversación inquietó a la adolescente, que contó a dos amigas que su padre había “vuelto” y reconoció que su primera revelación había sido cierta.
Ese mismo día, la menor pidió a su padre que la recogiera de una fiesta a la que había acudido mientras su madre se encontraba trabajando. Durante el trayecto de regreso, según los hechos probados, el hombre le propuso mantener relaciones sexuales a cambio de no contarle a la madre que había asistido a la celebración.
La adolescente rechazó la propuesta y le recordó que era su padre. Al llegar a la vivienda, el acusado volvió a preguntarle si lo había pensado y la menor reiteró su negativa. Permaneció sentada en el sofá hasta que regresó su madre del trabajo.
La víctima aprovechó entonces que ambas salieron a pasear al perro para contarle la propuesta realizada durante el traslado y confirmar que los hechos que había relatado años antes eran ciertos. Posteriormente acudió a dependencias de la Guardia Civil para presentar la denuncia, donde su madre conoció los detalles del caso.
La Audiencia Provincial de Cádiz consideró acreditados los hechos y condenó al padre a diez años y seis meses de prisión por un delito continuado de agresión sexual. El TSJA respalda ahora la valoración realizada por el tribunal provincial y rechaza los motivos expuestos en el recurso contra aquella resolución.


