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Jue. Nov 21st, 2024

El Discurso de la Corona en la España liberal

León del Congreso

La apertura de las legislaturas anuales de las Cortes en la España liberal hasta el final del sistema de la Restauración se producía con la lectura de un Discurso que realizaba el monarca ante las Cortes donde se explicaba el programa político del gobierno, y se exponía a la consideración parlamentaria el comportamiento del mismo durante el período interparlamentario. Las Constituciones liberales disponían que correspondía al rey abrir las Cortes en persona o a través de sus ministros.

El Discurso era contestado por escrito en cada cámara legislativa por separado, es decir, Congreso de los Diputados y Senado, generándose un debate con aprobación en su caso.

Esta práctica parlamentaria servía para que el parlamento hiciera una valoración política del gobierno. En ocasiones podía servir para emitir un voto de censura a los ministros. Este debate también era utilizado por los ministros para tantear el posible apoyo parlamentario a políticas y medidas que el gobierno estudiaba o barajaba.

La existencia de este Discurso debe entenderse por la forma en la que estaban diseñados los distintos poderes y sus relaciones entre sí en el Estado liberal, ejecutivo y legislativo. En el Estado liberal español de la época de Isabel II y de la Restauración la soberanía era compartida, es decir, residía en la nación representada en Cortes y en la Corona española. Las consecuencias de este tipo de soberanía eran varias. En primer lugar, la potestad de hacer las leyes correspondía a las Cortes con el Rey. Las Cortes eran convocadas, suspendidas o cerradas por el monarca, lo que demuestra su poder, aunque el liberalismo debía poner freno a este poder real, obligándole a convocar unas nuevas Cortes en un plazo determinado de tiempo. El poder del monarca en relación con el Senado era evidente porque nombraba una parte de sus miembros. No olvidemos, por fin, la cuestión del veto real, aunque fuera suspensivo. La importancia del rey residía, además y fundamentalmente, en que a él le correspondía el poder ejecutivo con muchas facultades, y nombraba a los ministros.

Si en nuestro sistema político los jefes de los gobiernos son elegidos en el parlamento (Congreso de los Diputados) en función de las mayorías elegidas por los ciudadanos a través del sufragio universal, algo común en todas las monarquías parlamentarias, en la época liberal era el rey el que nombraba un gobierno y luego se convocaban elecciones, generalmente con sufragio censitario o el universal trucado por el fraude electoral, para formar las Cortes. En realidad, se fabricaban parlamentos a medida de los gobiernos nombrados, pero también es verdad que se produjeron intensos debates, aprovechando, por ejemplo, el generado por el Discurso de la Corona, ya que no se puede afirmar tampoco que las mayorías que respaldaban a los gobiernos fueran monolíticas, y siempre había cuestiones que podían generar distintas posiciones; de ahí el tanteo que aprovechaban los ministros para saber si una política determinada iba a ser respaldada o no. Los partidos políticos de la época liberal no conocían disciplina de partido, ya que estaban formados por personalidades con matices y discrepancias importantes.

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