El TSJA ratifica condena por maltrato a un joven por agredir a su pareja menor
El TSJA ratifica condena por maltrato y confirma la pena de cuatro años y cuatro meses de prisión impuesta por la Audiencia Provincial a un joven del Campo de Gibraltar por maltrato habitual, amenazas y lesiones a su pareja, que era menor de edad en el momento de los hechos.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Cádiz que condena a un joven a cuatro años y cuatro meses de prisión por maltrato habitual, amenazas graves continuadas y lesiones cometidos contra su pareja, que era menor de edad cuando ocurrieron los hechos en el Campo de Gibraltar.
La resolución, fechada el 21 de abril y recogida por Europa Press, desestima los recursos presentados tanto por el Ministerio Fiscal como por el propio acusado y mantiene íntegramente la condena impuesta en primera instancia.
Los hechos se remontan a una relación iniciada en junio de 2018, cuando el acusado estaba a punto de cumplir 17 años y la víctima tenía 14. No obstante, los hechos por los que ha sido condenado se circunscriben al periodo posterior a que el joven alcanzara la mayoría de edad, momento en el que la menor tenía 15 años.
Según la sentencia, desde poco después del inicio de la relación el acusado ejerció un control progresivo sobre la joven motivado por celos, con la intención de limitar sus relaciones sociales. Tras el verano de 2018, incluso llegó a cambiarse al mismo instituto que ella.
A partir de que cumplió los 18 años, el joven acompañaba y recogía a la menor del instituto con el objetivo de vigilarla. La obligaba a caminar mirando al suelo para evitar que cruzara la mirada con otros chicos y, si no obedecía, la insultaba y en ocasiones la agredía físicamente.
La resolución judicial describe varios episodios de malos tratos ocurridos desde septiembre de 2019, algunos de ellos con resultado de lesiones. Además, recoge la existencia de mensajes amenazantes enviados a la víctima entre diciembre de 2019 y febrero de 2020, en los que el acusado la amenazaba con propinarle palizas e incluso con matarla.
Por estos hechos, la Audiencia Provincial de Cádiz lo condenó a cuatro años y cuatro meses de prisión por delitos de maltrato habitual, amenazas graves continuadas y lesiones. En la misma sentencia fue absuelto de un delito de violación al no quedar acreditados los hechos en el juicio.
Tras la condena, el Ministerio Fiscal recurrió la absolución por el delito de violación, mientras que el acusado impugnó la validez como prueba de los mensajes de WhatsApp aportados por la víctima. El TSJA ha rechazado ambos recursos.
En su resolución, el alto tribunal andaluz considera que la valoración de la prueba realizada por la Audiencia Provincial fue correcta y que no se ha vulnerado ninguna garantía procesal. En consecuencia, confirma la condena impuesta y la absolución por el delito de violación.
Con esta decisión, el TSJA ratifica condena por maltrato en Cádiz y cierra la vía ordinaria de recurso en el ámbito autonómico, manteniendo la pena de prisión impuesta al joven por los hechos ocurridos en el Campo de Gibraltar entre 2019 y 2020.
La sentencia pone fin a un procedimiento judicial centrado en una relación iniciada cuando ambos eran menores, pero cuyos episodios delictivos juzgados se produjeron una vez el acusado había alcanzado la mayoría de edad.







