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Jerez y Costa Noroeste

El TSJA ratifica cinco años de prisión a un hombre por violar a una mujer en Jerez tras fingir un ritual para quitarle “un mal de ojo”

El tribunal desestima el recurso del acusado y confirma la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz, que lo condenó por abusar de la víctima aprovechando su vulnerabilidad emocional.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de cinco años de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Cádiz a un hombre por violar a una mujer en Jerez de la Frontera, tras hacerle creer que padecía “un mal de ojo” y que podía curarla mediante un supuesto ritual espiritual.

Según la sentencia, los hechos ocurrieron en el verano de 2022, cuando la víctima, que se encontraba en un estado anímico bajo, acudió al acusado tras conocer por un familiar que “echaba las cartas” y realizaba rituales para mejorar el estado emocional de las personas.

Durante dos visitas previas a su domicilio, el acusado le aseguró que su madre “le había echado mal de ojo” para que dejara a su pareja y regresara a Mallorca, y que estaba rodeada de “demonios”. En la última sesión, le propuso un ritual de limpieza para liberarla de esa supuesta maldición.

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La mujer, convencida de que sobre ella pesaba una fuerza negativa, llamó al acusado a su casa, donde este la persuadió de que su pareja debía ausentarse durante la ceremonia. Según el fallo, el hombre le advirtió que “no podía hablar ni contar nada de lo que ocurriera” y que si rompía el silencio sufriría “una desgracia familiar o la muerte de un ser querido”.

Tras quedarse a solas con la víctima, el acusado simuló realizar el ritual, que culminó en una violación. Cuando la pareja regresó al domicilio, encontró a la mujer “llorosa, cabizbaja y sin mantener la mirada”, mientras el acusado justificaba su actitud alegando que “era normal después del ritual”.

Invadida por la vergüenza y el miedo, la víctima no relató lo sucedido hasta varios días después, cuando su pareja, al notar su malestar y pesadillas recurrentes, la animó a denunciar.

Ratificación judicial

La Audiencia Provincial de Cádiz condenó al acusado a cinco años de prisión por un delito de agresión sexual, pero su defensa recurrió ante el TSJA alegando error en la valoración de las pruebas y falta de credibilidad en la declaración de la víctima.

El TSJA ha desestimado el recurso y ratificado íntegramente la sentencia al considerar que la valoración de las pruebas fue “lógica, coherente y apoyada en evidencias de indudable valor incriminatorio”.

El tribunal ha destacado especialmente la declaración del novio de la víctima, quien corroboró que el acusado le pidió abandonar la vivienda durante más de una hora para realizar el supuesto ritual, “circunstancia que no tendría sentido si solo hubiera ido a echarle las cartas”.

Asimismo, el TSJA subraya que no se ha demostrado ningún error patente en la valoración probatoria ni vulneración del derecho a la presunción de inocencia, confirmando la condena de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Cádiz.

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