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El TSJA ratifica la condena a una pareja por malos tratos en Jerez tras una discusión en fin de año

Redacción 16 abril, 2026 3 minutos de lectura

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía confirma la sentencia que impone nueve meses de prisión a él y diez a ella por un delito de malos tratos en Jerez, tras una pelea ocurrida en la mañana de fin de año de 2020 en su vivienda.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena a una pareja por malos tratos en Jerez después de una discusión ocurrida en la mañana de fin de año de 2020 en la vivienda que ambos compartían. La sentencia ratifica el fallo previo de la Audiencia Provincial de Cádiz, que impuso nueve meses de prisión al hombre y diez meses a la mujer por un delito de malos tratos.

Según recoge la resolución judicial, la pareja mantuvo una relación sentimental con convivencia durante aproximadamente dos años en un domicilio de Jerez de la Frontera. Los hechos se produjeron en la mañana del 31 de diciembre de 2020.

De acuerdo con los hechos probados, la mujer se despertó y comprobó que el hombre no se encontraba en la vivienda. Tras llamarlo por teléfono, tanto a su móvil como al de un amigo con el que estaba desayunando, le exigió que regresara al domicilio.

Una vez allí, se inició una discusión. La mujer le indicó que subiera a la habitación con la intención de que recogiera sus pertenencias y abandonara la casa. En ese momento, según la sentencia, el hombre se encontraba inclinado sobre la cama mientras ella estaba detrás increpándole.

Durante el enfrentamiento, él se incorporó y desplazó su cuerpo hacia atrás, impactando con ella. Como consecuencia del golpe, la mujer cayó sobre un armario, cuya puerta cedió hacia el interior, y terminó en el suelo. La escena fue presenciada por la hija de la mujer, que acudió tras escuchar el ruido provocado por la rotura del mueble.

La resolución judicial señala que, tras la caída, el hombre se giró y se agachó para ayudarla a levantarse, al tiempo que le pedía perdón y manifestaba que el golpe había sido involuntario.

Posteriormente, ambos bajaron a la planta inferior de la vivienda, donde se encontraba el amigo con el que el hombre había estado previamente. Aunque inicialmente la mujer le había pedido que se marchara, en ese momento ya no quería que abandonara el domicilio. Finalmente, el hombre decidió irse, pero antes recibió una bofetada por parte de ella, hecho que también fue presenciado por las personas presentes.

Por estos hechos, la Audiencia Provincial de Cádiz condenó a ambos como autores de un delito de malos tratos en el ámbito de la violencia doméstica. El hombre fue condenado a nueve meses de prisión y la mujer a diez meses.

Además, la mujer había denunciado un supuesto delito de agresión sexual ocurrido tres meses antes de la discusión, al afirmar que mantuvo relaciones sin su consentimiento. Sin embargo, el tribunal absolvió al hombre de este cargo al considerar que no había quedado acreditado durante el juicio.

Tanto la defensa del hombre como la de la mujer interpusieron recursos contra la sentencia ante el TSJA. El alto tribunal andaluz ha desestimado ambos recursos y ha confirmado íntegramente la resolución dictada por la Audiencia Provincial de Cádiz.

La sentencia es firme en lo relativo a la valoración de los hechos probados y mantiene las penas impuestas a cada uno de los condenados por los incidentes registrados en esta vivienda de Jerez durante la mañana de fin de año.