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La Junta regula la exención del certificado docente en FP para profesionales expertos

Redacción 10 septiembre, 2026 3 minutos de lectura

La exención del certificado docente en FP podrá autorizarse en cursos concretos tras acreditar cuatro años de experiencia o determinadas titulaciones y comprobar que no hay candidatos disponibles.

La Junta de Andalucía ha regulado la exención del certificado docente en FP para incorporar de manera excepcional a profesionales expertos y titulados a acciones formativas de los grados A, B y C. El nuevo criterio comenzará a aplicarse el 11 de septiembre de 2026 en toda la comunidad, incluida la provincia de Cádiz.

La resolución de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), establece un procedimiento común para los casos en los que podrá dispensarse el certificado profesional de habilitación para la docencia. La medida desarrolla las excepciones recogidas en el artículo 168 del Real Decreto 659/2023.

La exención podrá beneficiar a profesionales expertos que acrediten al menos cuatro años de experiencia relacionada con los módulos o bloques formativos que vayan a impartir. También podrá aplicarse a personas que cuenten con determinadas titulaciones universitarias o de Formación Profesional durante su primera acción formativa.

La incorporación de estos perfiles no será automática. Antes de solicitar la exención, la entidad responsable del curso deberá presentar una oferta de empleo ante el Servicio Andaluz de Empleo (SAE) y difundirla en toda Andalucía para buscar personal que ya reúna los requisitos docentes ordinarios.

La oficina de empleo correspondiente tendrá que certificar que no existen candidaturas adecuadas y disponibles para cubrir la plaza. Solo después de este trámite podrá plantearse la participación de una persona sin el certificado profesional de habilitación docente, siempre que cumpla las condiciones previstas para alguno de los supuestos excepcionales.

La autorización dependerá además de la validación de la delegación territorial competente, que deberá comprobar que el aspirante reúne el resto de los requisitos exigidos al personal formador. En el caso de las actividades desarrolladas en la provincia, esta revisión corresponderá al órgano territorial de la Junta en Cádiz.

La dispensa quedará limitada al curso para el que haya sido solicitada. La resolución señala que no supondrá el reconocimiento permanente de la competencia docente ni generará el derecho a impartir futuras acciones formativas sin acreditar los requisitos establecidos en la normativa.

La Consejería de Empleo justifica la regulación en la necesidad de aplicar un mismo criterio en Andalucía cuando una falta puntual de docentes pueda impedir la celebración de cursos vinculados a perfiles demandados en el mercado laboral. La posibilidad de recurrir a profesionales expertos queda, en cualquier caso, condicionada al proceso previo de selección, a la certificación del SAE y a la posterior autorización territorial.