Sanidad aprueba la ampliación de la prueba del talón a 21 patologías en el sistema público
La ampliación de la prueba del talón a 21 patologías y la extensión del cribado de cáncer colorrectal hasta los 74 años entran en vigor tras su publicación en el BOE y deberán aplicarse en todas las comunidades autónomas.

El Ministerio de Sanidad ha aprobado la ampliación de la prueba del talón a 21 patologías dentro del programa de cribado neonatal del Sistema Nacional de Salud. La medida, publicada este lunes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), incorpora nueve enfermedades adicionales a las ya detectadas en recién nacidos y actualiza distintos programas de prevención y vigilancia sanitaria en todo el país.
Con esta orden ministerial, la prueba del talón —que se realiza a los bebés a los pocos días de nacer para detectar enfermedades congénitas— pasa de identificar 12 a 21 patologías. Entre las nuevas enfermedades incluidas se encuentran la inmunodeficiencia combinada grave y la adrenoleucodistrofia. El objetivo es mejorar la detección precoz y permitir tratamientos tempranos que reduzcan complicaciones futuras.
La norma será de aplicación en todas las comunidades autónomas, que dispondrán de un año para implantar los nuevos cribados neonatales. En el caso del cribado de preeclampsia durante el embarazo, el plazo de implementación será de dos años.
Además de la ampliación de la prueba del talón a 21 patologías, la orden extiende hasta los 74 años la edad máxima de participación en el programa de cribado de cáncer colorrectal, que hasta ahora se dirigía a personas de menor edad. La ampliación se realizará de forma progresiva y deberá alcanzar la cobertura total en un plazo de diez años.
En el ámbito prenatal, se incorpora un test combinado en el primer trimestre del embarazo para la detección precoz de la preeclampsia. Esta prueba incluirá análisis bioquímicos, ecografía de arterias uterinas y medición de la tensión arterial. También se garantiza la oferta universal de pruebas de sífilis, VIH, hepatitis B y estreptococo del grupo B a todas las embarazadas, y se prevé la realización de pruebas de hepatitis C, Chagas o Zika en función de los grupos de riesgo.
Otra de las novedades es la estandarización del uso del test de ADN fetal libre en sangre materna como prueba de segunda línea para detectar trisomías 21, 18 y 13 en casos de riesgo incrementado.
La orden también modifica el acceso a técnicas de reproducción asistida en el sistema público. Se elimina el límite de 36 años para mujeres con fallo ovárico prematuro que recurran a fecundación in vitro con ovocitos donados y se fija el límite general en los 40 años, equiparando los criterios al resto de supuestos.
En el ámbito organizativo, la norma introduce cambios en el Comité Asesor en el Área de Genética, que contará por primera vez con dos vocalías representadas por federaciones de pacientes. Según el texto, esta medida busca reforzar la participación ciudadana en la actualización de la cartera común de servicios.
Asimismo, se moderniza la Red Estatal de Vigilancia en Salud Pública con la creación de un sistema coordinado de respuesta rápida ante alertas sanitarias, operativo las 24 horas del día durante todo el año. Este mecanismo se articulará entre el Estado y las comunidades autónomas para actuar ante posibles brotes o emergencias.
La nueva regulación también amplía el enfoque de la vigilancia sanitaria para incluir la monitorización de la salud mental, el impacto ambiental, las adicciones y otros determinantes sociales que influyen en la salud de la población.
En materia de rehabilitación, la orden armoniza la definición de rehabilitación funcional conforme a la Ley 3/2024, conocida como “Ley ELA”. A partir de ahora, esta prestación incluirá no solo la recuperación, sino también procedimientos orientados a mantener o mejorar la autonomía y calidad de vida de personas con enfermedades complejas o irreversibles, integrando tratamientos de fisioterapia, terapia ocupacional y logopedia.
La orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. A partir de ese momento, las comunidades autónomas deberán adaptar sus servicios sanitarios para cumplir los nuevos plazos y ampliar las prestaciones recogidas en la norma.







